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Gobierno de Panamá Establece Medidas de Control a la Comercialización de la Carne Bovina

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El gobierno de la República de Panamá ha adoptado medidas para el control de la comercialización de la carne bovina que se importa al país, esto como parte de los acuerdos concertados tras la reunión del presidente Juan Carlos Varela y los productores del país.

Las medidas estipulan temporalmente el control de comercialización sobre la importación de carne bovino con arancel preferencial originarias de Nicaragua y Costa Rica.

Las empresas que deseen importar bajo arancel preferencial las fracciones arancelarias deberán:

  • Efectuar compra de producción nacional de carne bovino en proporciones iguales a la cantidad solicitada de importación.
  • Presentar ante la Secretaría Técnica del MIDA, copia del comprobante o factura de la compra nacional al productor o a la asociación de productores a nivel nacional.
  • Presentar ante la Autoridad Nacional de Aduanas, certificación de la Secretaría Técnica del MIDA sobre el comprobante o factura de la compra nacional.
  • Estar debidamente registrados ante la Aupsa.
  • Estar al día con los permisos requeridos por el Ministerio de Salud.

El gobierno oficializa estas medidas teniendo en cuenta que la carne de bovino es un producto esencial del sector agropecuario nacional y de la alimentación del panameño, por lo que se hace necesario establecer mecanismos adecuados que permitan el control de su comercialización de manera correcta.

Las medidas establecidas aparecen en la Resolución 110 del 17 de septiembre de 2018 del Ministerio de Comercio e Industrias, publicada en la Gaceta Oficial el 21 de septiembre de 2018.

 

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Un trébol reduce los gases de las vacas y la producción de metano

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3er Congreso Nacional de Producción de Burros

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El Tercer Congreso Nacional de Producción de Burros se realizará los días 23 y 24 de octubre de 2026 en la Finca Láctea El Pichanal, ubicada en Santa María, Catamarca, Argentina. El evento busca impulsar la profesionalización de la ganadería asina, el manejo sostenible y la producción de leche y carne de burro.

Detalles del Evento

  • Fecha: 23 y 24 de octubre de 2026.
  • Lugar: Finca Láctea “El Pichanal”, Santa María, Catamarca, Argentina.
  • Organizador: Finca y Estancia El Pichanal.
  • Apoyo técnico: Universidad Nacional de Catamarca.

Objetivos y Actividades

  • Promover el intercambio de conocimientos científicos y técnicos sobre la ganadería asina.
  • Exponer avances en la producción de leche de burra (pasteurizada y congelada) y derivados cosméticos.
  • Analizar el potencial de la carne asnal y el valor nutricional de los productos.
  • Introducir novedades genéticas como el burro Pêga de Brasil.
  • Dividir las jornadas en un día de campo y otro de conferencias magistrales.

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Argentina aplicará un nuevo método de diagnostico de la Brucelosis Bovina

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SENASA incorpora la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método oficial complementario para el monitoreo de la enfermedad.

Con el objetivo de robustecer las estrategias del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó la Resolución N° 438/2006 e incorporó en su sistema diagnóstico la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método complementario para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad.

Con la Resolución N.° 656/2026, oficializada a través del Boletín Oficial, el organismo sanitario incluye una nueva técnica para la detección de anticuerpos de manera rápida, con alta especificidad y sensibilidad, a los fines de agilizar los tiempos de respuesta de los laboratorios habilitados.

La prueba diagnóstica, basada en un kit rápido autorizado por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico (DGLyCT), permite fortalecer la detección temprana en los establecimientos tamberos y ampliar la cantidad de diagnósticos disponibles para el análisis de brucelosis en leche.

Al igual que la prueba de Anillo en Leche (PAL/MRT) y el ELISA indirecto, la inclusión de este análisis resulta fundamental para los establecimientos que cuenten con estatus de libre de la enfermedad, ya que podrán escogerlo para recertificar su condición cada 90 días.

Por su parte, las técnicas rápidas en sangre (suero) se mantendrán para el uso exclusivo del personal oficial del SENASA, con excepción de aquellas circunstancias epidemiológicas que justifiquen su uso por parte de terceros, sujeto a autorización previa.

En cuanto a los análisis, la normativa establece que los mismos deberán realizarse en laboratorios habilitados que integren la Red Oficial del SENASA en línea con los procedimientos técnicos oficiales, mientras que los resultados deberán gestionarse e informarse de manera obligatoria en los sistemas informáticos oficiales que el Servicio Nacional disponga.

Con esta actualización normativa, el SENASA reafirma su compromiso con el estatus sanitario nacional, facilita herramientas para la vigilancia, el control y la erradicación de la brucelosis bovina, reduce los tiempos de diagnóstico y brinda mayor transparencia en el proceso de carga de datos oficiales.

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