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¿Cómo se hace una movilización segura de ganado?: la experiencia de Chile

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El Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG), recuerda a todos quienes realizan este transporte que al hacerlo deben contar con el Formulario de Movimiento Animal (FMA) y cumplir con todas las exigencias que garanticen el bienestar de los animales, aspectos que serán verificados por el SAG y Carabineros en las fiscalizaciones que se intensificarán en todo Chile.

El FMA es un documento obligatorio y que permite seguir el rastro de los animales desde su origen, protege la sanidad y previene delitos como el robo de ganado (abigeato). Este año el SAG mejoró la versión digital de este formulario, incluyendo la declaración de responsabilidad sobre el estado sanitario de los animales. Allí se debe informar si tienen síntomas compatibles con Enfermedades de Denuncia Obligatoria (EDO). Con esta actualización, el trámite electrónico es más rápido y sencillo, complementando la declaración que también puede realizarse en formato papel.

Es fundamental considerar que, al momento del transporte, solo se pueden trasladar animales sanos. Además, cada propietario o propietaria es responsable de informar al SAG sobre cualquier aumento de mortalidad, cambios productivos o la presencia de síntomas respiratorios, neurológicos o abortos.

El Formulario de Movimiento Animal es de uso obligatorio al momento de trasladar animales y puede ser realizado a través del Sistema SIPECweb (sipecweb.sag.gob.cl, versión digital con cuenta y clave de usuario/a), así como en cualquier oficina del SAG y en unidades de Carabineros de Chile.

Si el conductor o responsable de los animales no cuenta con el FMA, se le podría cursar un acta de denuncia y citación. Además, la carga y el vehículo podrían ser retenidos hasta que se regularice la situación. Si no es factible regularizar la situación, Carabineros podría realizar una denuncia ante la Fiscalía por presunción de delito de abigeato.

Para prevenir estas situaciones, es fundamental que todas las personas que tengan animales —ya sea ganado o animales de abasto—inscriban su establecimiento en el sitio web del Servicio o mediante Formulario de Inscripción de Establecimientos (FIE), en cualquier Oficina del SAG. Esta inscripción les permite obtener su Rol Único Pecuario (RUP), solicitar el Formulario de Movimiento Animal para trasladar correctamente sus animales, comprar Dispositivos de Identificación Individual Oficial (DIIO), registrar sus bovinos y mantener actualizada la Declaración de Existencia Animal (DEA). Todos estos trámites son obligatorios y forman parte del Programa Oficial de Trazabilidad Animal del SAG.

Bienestar animal durante el transporte

Otro aspecto clave al trasladar animales es su bienestar, regulado por los Decretos N° 240 (Ley de la Carne) y N° 30 (Ley de Protección de Animales). Estas normas establecen cómo deben manejarse los animales, la infraestructura necesaria y los procedimientos para evitar dolor o sufrimiento innecesarios durante la carga, transporte y descarga de ellos.

En ese sentido, se debe considerar que al movilizar animales el SAG exige la presencia de un “encargado/a del ganado” que demuestre estar capacitado, ya sea mediante un curso autorizado de manejo y bienestar animal o siendo profesional o técnico del área agropecuaria.

También se debe contar con un plan de viaje, espacio, condiciones de temperatura adecuada y considerar la provisión de descanso, agua y alimento, en viajes que superen las 24 horas o según la especie y categoría animal.

Está prohibido transportar animales con compromiso de su estado general, que no puedan permanecer de pie sin ayuda, recién nacidos con el ombligo sin cicatrizar y hembras que puedan parir durante el transporte, salvo que exista una justificación terapéutica.

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Un trébol reduce los gases de las vacas y la producción de metano

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3er Congreso Nacional de Producción de Burros

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El Tercer Congreso Nacional de Producción de Burros se realizará los días 23 y 24 de octubre de 2026 en la Finca Láctea El Pichanal, ubicada en Santa María, Catamarca, Argentina. El evento busca impulsar la profesionalización de la ganadería asina, el manejo sostenible y la producción de leche y carne de burro.

Detalles del Evento

  • Fecha: 23 y 24 de octubre de 2026.
  • Lugar: Finca Láctea “El Pichanal”, Santa María, Catamarca, Argentina.
  • Organizador: Finca y Estancia El Pichanal.
  • Apoyo técnico: Universidad Nacional de Catamarca.

Objetivos y Actividades

  • Promover el intercambio de conocimientos científicos y técnicos sobre la ganadería asina.
  • Exponer avances en la producción de leche de burra (pasteurizada y congelada) y derivados cosméticos.
  • Analizar el potencial de la carne asnal y el valor nutricional de los productos.
  • Introducir novedades genéticas como el burro Pêga de Brasil.
  • Dividir las jornadas en un día de campo y otro de conferencias magistrales.

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Argentina aplicará un nuevo método de diagnostico de la Brucelosis Bovina

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SENASA incorpora la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método oficial complementario para el monitoreo de la enfermedad.

Con el objetivo de robustecer las estrategias del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó la Resolución N° 438/2006 e incorporó en su sistema diagnóstico la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método complementario para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad.

Con la Resolución N.° 656/2026, oficializada a través del Boletín Oficial, el organismo sanitario incluye una nueva técnica para la detección de anticuerpos de manera rápida, con alta especificidad y sensibilidad, a los fines de agilizar los tiempos de respuesta de los laboratorios habilitados.

La prueba diagnóstica, basada en un kit rápido autorizado por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico (DGLyCT), permite fortalecer la detección temprana en los establecimientos tamberos y ampliar la cantidad de diagnósticos disponibles para el análisis de brucelosis en leche.

Al igual que la prueba de Anillo en Leche (PAL/MRT) y el ELISA indirecto, la inclusión de este análisis resulta fundamental para los establecimientos que cuenten con estatus de libre de la enfermedad, ya que podrán escogerlo para recertificar su condición cada 90 días.

Por su parte, las técnicas rápidas en sangre (suero) se mantendrán para el uso exclusivo del personal oficial del SENASA, con excepción de aquellas circunstancias epidemiológicas que justifiquen su uso por parte de terceros, sujeto a autorización previa.

En cuanto a los análisis, la normativa establece que los mismos deberán realizarse en laboratorios habilitados que integren la Red Oficial del SENASA en línea con los procedimientos técnicos oficiales, mientras que los resultados deberán gestionarse e informarse de manera obligatoria en los sistemas informáticos oficiales que el Servicio Nacional disponga.

Con esta actualización normativa, el SENASA reafirma su compromiso con el estatus sanitario nacional, facilita herramientas para la vigilancia, el control y la erradicación de la brucelosis bovina, reduce los tiempos de diagnóstico y brinda mayor transparencia en el proceso de carga de datos oficiales.

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