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Inician Primer Ciclo de Vacunación contra la Aftosa en Colombia

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Entre el 10 de mayo y el 23 de junio se cumplirá el primer ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina para el año 2021 en el territorio nacional, a todos los animales de las especies bovina y bufalina, según lo dispuesto en la Resolución 094484 del 31 de marzo del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

Se exceptúan de esta medida el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; las islas de Gorgona y Malpelo, y el Urabá Chocoano, zonas declaradas libres de esta enfermedad sin vacunación.

La resolución también establece que todos los bovinos deberán ser vacunados de manera obligatoria contra la rabia de origen silvestre en las zonas de riesgo establecidas. Para tal efecto, sólo se podrán utilizar productos registrados ante el ICA para realizar la vacunación, ya sea con las vacunas monovalentes contra la rabia y fiebre aftosa, o con la vacuna bivalente de aftosa – rabia.

Las zonas de riesgo definidas por el ICA para la vacunación de rabia en el presente ciclo son: en Antioquia: Fredonia, Vegachí, Zaragoza, Caucasia, Briceño, Frontino (veredas Murri y Carauta), Dabeiba (excepto las veredas Armenia, Barrancas, Cuchillón, Argelia, La Florida y Palo Negro).

En Arauca: Arauquita; en Bolívar: Magangué, Turbaco y Turbaná; en Boyacá: Labranzagrande y Cubará; en Caquetá: Albania; en Cesar: Valledupar y La Jagua de Ibirico; en Córdoba: Canalete, Chinú, Cereté, Ciénaga de Oro, San Carlos, San Pelayo, Chimá, Lorica, Moñitos, San Bernardo del Viento, Los Córdobas, Montería, Puerto Escondido, Sahagún, San Andrés de Sotavento, San Antero, Momil, La Apartada, Cotorra, Purísima, Tuchín.

En La Guajira: Fonseca y Villa Nueva; en Meta: San Martín; en Norte de Santander: Toledo, Labateca; en Putumayo: Valle del Guamuez; y en Sucre: Corozal, San Onofre, San José de Tolú Viejo, Buena Vista, Sincelejo, Guaranda, Majagual, Sucre, Caimito, La Unión, San Benito Abad, San Marcos, El Roble, Galeras, Los Palmitos, Morroa, San Juan de Betulia, San Luis de Sincé, San Pedro, Chalán, Coloso, Coveñas, Ovejas, Palmito, Sampués, Santiago de Tolú.

Para los proyectos Locales de Facatativá, Girardot, Guavio, Zipaquirá y Ubaté en el departamento de Cundinamarca, se autorizará la vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina con fines pedagógicos los días 7, 8 y 9 de mayo del 2021.

Con relación a la Brucelosis bovina se vacunará a toda hembra bovina y bufalina entre los tres y nueve meses de edad existentes en el territorio nacional, con excepción de aquellas que se encuentren ubicadas en la Provincia de García Rovira en el departamento de Santander, la Provincia Norte y Gutiérrez en el departamento de Boyacá y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Será responsabilidad del ganadero vacunar la población bovina y bufalina contra Fiebre Aftosa, Brucelosis bovina y Rabia de Origen Silvestre en las fechas programadas por el proyecto local donde se ubica su predio.

La ejecución de la vacunación es responsabilidad de Fedegán como entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero y lechero y será la encargada de vigilar el cumplimiento de las obligaciones de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas (OEGA), Cooperativas y otras organizaciones del sector que formen parte de la infraestructura técnica y administrativa definida para la ejecución del primer ciclo de vacunación 2021.

En la programación de las rutas de vacunación por parte de las OEGA y FEDEGAN-FNG, están incluidos de manera prioritaria los predios definidos por el ICA como de alto riesgo de ocurrencia de fiebre aftosa.

Es importante resaltar que todos los animales procedentes de los departamentos y municipios de las zonas libres de aftosa sin vacunación que sean movilizados a zonas donde es obligatoria la vacunación, deben ser inmunizados contra esta enfermedad en el lugar de destino. La inmunización deberá ser registrada de acuerdo con los procedimientos establecidos por el ICA.

En todas las zonas determinadas en el territorio nacional donde se debe llevar a cabo la vacunación, únicamente podrá usarse lotes de vacunas registradas contra Fiebre Aftosa, Brucelosis bovina y Rabia de origen Silvestre que hayan sido evaluados y aprobados por el ICA, según los parámetros de esterilidad, inocuidad, potencia y pureza establecidos en las normas vigentes.

En los municipios de frontera de Arauca, Vichada y Boyacá; en la Zona de Protección de Norte de Santander establecida en la Resolución 2141 de 2009, así como en los municipios de frontera de los departamentos de Cesar, La Guajira, Nariño y Putumayo, la vacunación contra la Fiebre Aftosa se realizará en barrido, al inicio del ciclo y tendrá supervisión oficial del ICA.

Los predios definidos por el ICA como de alto riesgo de ocurrencia de Fiebre Aftosa y/o aquellos con más de 500 bovinos deberán incluirse de manera prioritaria en la programación de rutas de vacunación por parte de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (OEGA) y Fedegán en su condición de entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero y lechero en todos los proyectos locales.

En aquellas regiones en donde no existan OEGA, Fedegán en su condición de entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero y lechero, garantizará la disponibilidad de las vacunas contra la Fiebre Aftosa, la Brucelosis bovina y Rabia de Origen Silvestre a los ganaderos y establecerá los mecanismos para su aplicación y registro. Para ello, podrán delegar formalmente el manejo, aplicación y registro del biológico.

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Un trébol reduce los gases de las vacas y la producción de metano

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3er Congreso Nacional de Producción de Burros

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El Tercer Congreso Nacional de Producción de Burros se realizará los días 23 y 24 de octubre de 2026 en la Finca Láctea El Pichanal, ubicada en Santa María, Catamarca, Argentina. El evento busca impulsar la profesionalización de la ganadería asina, el manejo sostenible y la producción de leche y carne de burro.

Detalles del Evento

  • Fecha: 23 y 24 de octubre de 2026.
  • Lugar: Finca Láctea “El Pichanal”, Santa María, Catamarca, Argentina.
  • Organizador: Finca y Estancia El Pichanal.
  • Apoyo técnico: Universidad Nacional de Catamarca.

Objetivos y Actividades

  • Promover el intercambio de conocimientos científicos y técnicos sobre la ganadería asina.
  • Exponer avances en la producción de leche de burra (pasteurizada y congelada) y derivados cosméticos.
  • Analizar el potencial de la carne asnal y el valor nutricional de los productos.
  • Introducir novedades genéticas como el burro Pêga de Brasil.
  • Dividir las jornadas en un día de campo y otro de conferencias magistrales.

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Argentina aplicará un nuevo método de diagnostico de la Brucelosis Bovina

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SENASA incorpora la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método oficial complementario para el monitoreo de la enfermedad.

Con el objetivo de robustecer las estrategias del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó la Resolución N° 438/2006 e incorporó en su sistema diagnóstico la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método complementario para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad.

Con la Resolución N.° 656/2026, oficializada a través del Boletín Oficial, el organismo sanitario incluye una nueva técnica para la detección de anticuerpos de manera rápida, con alta especificidad y sensibilidad, a los fines de agilizar los tiempos de respuesta de los laboratorios habilitados.

La prueba diagnóstica, basada en un kit rápido autorizado por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico (DGLyCT), permite fortalecer la detección temprana en los establecimientos tamberos y ampliar la cantidad de diagnósticos disponibles para el análisis de brucelosis en leche.

Al igual que la prueba de Anillo en Leche (PAL/MRT) y el ELISA indirecto, la inclusión de este análisis resulta fundamental para los establecimientos que cuenten con estatus de libre de la enfermedad, ya que podrán escogerlo para recertificar su condición cada 90 días.

Por su parte, las técnicas rápidas en sangre (suero) se mantendrán para el uso exclusivo del personal oficial del SENASA, con excepción de aquellas circunstancias epidemiológicas que justifiquen su uso por parte de terceros, sujeto a autorización previa.

En cuanto a los análisis, la normativa establece que los mismos deberán realizarse en laboratorios habilitados que integren la Red Oficial del SENASA en línea con los procedimientos técnicos oficiales, mientras que los resultados deberán gestionarse e informarse de manera obligatoria en los sistemas informáticos oficiales que el Servicio Nacional disponga.

Con esta actualización normativa, el SENASA reafirma su compromiso con el estatus sanitario nacional, facilita herramientas para la vigilancia, el control y la erradicación de la brucelosis bovina, reduce los tiempos de diagnóstico y brinda mayor transparencia en el proceso de carga de datos oficiales.

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