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Gloria, Nestlé y Laive incurren en otras irregularidades en el mercado peruano, según Aspec

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La Asociación Peruana de Consumidores hizo un análisis de diversos productos lácteos que se venden en el país y realizó serias observaciones.

Los cuestionamientos al mercado de productos lácteos que se comercializan en Perú no es reciente. Sólo en el 2017, la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec) hizo diversas observaciones sobre el “mal etiquedado” de hasta cinco marcas, entre ellas, Pura Vida, la cual dejó de circular por un tiempo, ¿recuerdan?

Ahora, tras la alerta que emitiera una Autoridad alimentaria de Estados Unidos – el FDA -, sobre cinco productos que comercializa el grupo Gloria S.A. en Estados Unidos y Puerto Rico; Aspec ha vuelto a analizar la situación del mercado lácteo, hallando diversas irregularidades.

El análisis comprende productos de la marca Gloria, Laive y Nestlé. Según informan, una primera observación está relacionada con la denominación de productos “light” o reducidos en grasa, «pero no lo son debido a que tienen cantidades superiores de dicho nutriente respecto a los valores máximos contemplados por el Codex Alimentarius para que puedan ser considerados como tales.

 Observaciones

Aspec señala que denominarse “ligth” cuando no lo es induce a error al consumidor. Explica que en la mayoría de casos, los productos hacen referencia únicamente a la reducción en porcentaje (%) de alguno de los nutrientes como, por ejemplo, grasas totales, pero nada más. Además, llevan en su formulación otros insumos como “maltodextrina”, “grasa vegetal” e inclusive azúcar añadida los cuales no son propios de un producto que los consumidores mayoritariamente consideran “saludable”.

Otro análisis. Advierten que el 44,4% de productos tiene una denominación incorrecta por: Utilizar el término “leche evaporada” cuando los productos cuentan entre sus ingredientes con “leche entera en polvo”, “leche descremada en polvo” o “leche concentrada reconstituida”. Así como por utilizar saborizantes sin incluirlos en su denominación.

Caso Bonlé

El valor nutricional. Aunque en Perú no sería obligatorio informar sobre la tabla nutricional, el Codex Alimentarius – el reglamento que utiliza el Perú para permitir o no comercializar ciertos productos – exige su declaración según sus propias especificaciones. “Empero el 100% de los productos identificados como “light” o “reducidos en grasa” no se ajustan – por omisión total o parcial – a tales disposiciones”.

Asimismo, Aspec subraya que conforme a las normas aplicables en Perú, el 55,6% de productos consigna alegaciones de propiedades nutricionales potencialmente engañosas como: “igual a huesos fuertes”, “contribuye a disminuir el riesgo de enfermedades cardiovasculares”, entre otras. Mientras que en el caso de las “leches condensadas” se identificó que el 100% utilizan la denominación de “leches condensadas parcialmente descremadas” y en el mismo porcentaje como únicos insumos: leche parcialmente descremada y azúcar. “No se evidenció inadecuadas denominaciones ni alegaciones saludables”, agrega.

Reacciones

Cabe señalar que ayer, el Indecopi solicitó que Digesa, como autoridad competente, aclare si los productos de la empresa Gloria S.A. son inocuos y cumplen con las normas nacionales. No obstante, Aspec también insta a que Indecopi pueda adoptar medidas concretas para el cese de comercialización de productos que comentan irregularidades, así como “las necesarias correcciones de etiquetas de dichos productos lácteos”.

“Es momento que las empresas que los fabrican o comercializan comprendan que, al tratarse de un alimento tan sensible, deben tener sumo cuidado con la información que brindan a los consumidores”, indican.

 

 

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