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Tres Nuevos Avances en la Lucha contra la Resistencia a los Antimicrobianos

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De izquierda a derecha: Dr. Matthew Stone, Director General Adjunto de la OIE, Dra. Monique Éloit, Directora General de la OIE, Dr. Michael Botlhe Modisane, Presidente de la OIE y Dr. Étienne Bonbon, Presidente de la Comisión de Normas Sanitarias para los Animales Terrestres.

En el marco de la 86.a Sesión General de la OIE, los 181 Países Miembros debatieron revisiones de las normas y las directrices internacionales de la OIE. Estas discusiones dieron como resultado un fortalecimiento de la supervisión veterinaria del uso de los agentes antimicrobianos en los animales alrededor del mundo. Las definiciones de “uso médico-veterinario” y “uso no médico-veterinario” han sido adoptadas en el día de hoy, así como una definición del “uso de promotores del crecimiento”. La guía para los sistemas nacionales de vigilancia también figuró en el orden del día de los Delegados de la OIE, así como la revisión de la lista de la OIE de agentes antimicrobianos de importancia veterinaria con nuevas recomendaciones relativas a la reducción progresiva del uso de los promotores del crecimiento.

 La resistencia a los agentes antimicrobianos es una preocupación para la salud humana y la sanidad animal que está influenciada por el uso de antimicrobianos en humanos, animales y medio ambiente. Los antimicrobianos constituyen medicamentos esenciales para la salud pública y para el bienestar y la sanidad animal, y la propagación de la resistencia pone en peligro la medicina moderna, tanto humana como veterinaria. Todos los sectores, el de la salud humana, la sanidad animal y la protección de los ecosistemas, tienen una responsabilidad compartida para preservar su eficacia.

La OIE y sus 181 Países Miembros han construido por más de 10 años un conjunto de normas y directrices internacionales que brindan un marco para el uso responsable y prudente de los agentes antimicrobianos en los animales, y para la vigilancia y el control de la resistencia a los antimicrobianos y las cantidades utilizadas. El debate desarrollado esta semana durante la Sesión General sirvió para establecer tres principales actualizaciones y adaptaciones de dichas normas.

En primer lugar, luchar contra el aumento esperado de la resistencia a los antimicrobianos, colocando su uso bajo la supervisión de profesionales médicos y veterinarios con una formación adecuada, constituye una de las prioridades de la comunidad internacional, en particular, de la Alianza Tripartita (FAO, OIE y OMS). Al adoptar nuevas definiciones que establecen un marco de trabajo claro para la recopilación de datos sobre su uso, los Países Miembros de la OIE dieron esta semana un paso significativo en el fortalecimiento de la supervisión veterinaria del uso de antimicrobianos en los animales terrestres.

Estas definiciones diferencian el uso médico-veterinario y el uso no médico-veterinario, este último incluye los promotores de crecimiento. De acuerdo con la nueva versión de las normas internacionales de la OIE adoptadas, en el Artículo 6.8.1.-bis del Código Terrestre (pronto disponible en www.oie.int/normasram), “uso médico-veterinario” designa la administración de un agente antimicrobiano a un individuo o a un grupo de animales con el fin de tratar, controlar o prevenir una enfermedad infecciosa.

Cada uno de los términos de la definición, “tratar, controlar y prevenir”, también se han definido claramente:

  • “tratar” designa la administración de un agente antimicrobiano a un individuo o a un grupo de animales que muestran signos clínicos de una enfermedad infecciosa;
  • “controlar” designa la administración de un agente antimicrobiano a un grupo de animales que contenga animales enfermos y sanos (que se presume que están infectados) para minimizar o eliminar signos clínicos y prevenir una mayor propagación de la enfermedad;
  • “prevenir” designa la administración de un agente antimicrobiano a un individuo o a un grupo de animales con riesgo de adquirir una infección específica o que se encuentran en una situación en la que es posible la aparición de la enfermedad infecciosa si no se administra el medicamento.

Por otra parte, el “uso no médico-veterinario” designa la administración de agentes antimicrobianos a animales con una finalidad diferente a la de tratar, controlar o prevenir una enfermedad infecciosa. Esta definición incluye la promoción del crecimiento, definida como la administración de agentes antimicrobianos a animales solo para aumentar el índice de engorde o la eficiencia de la alimentación.

Asociados a las normas internacionales de la OIE sobre el uso prudente y responsable de los agentes antimicrobianos en los animales (ver www.oie.int/antibiorresistencia), estos nuevos textos adoptados constituirán un poderoso argumento para los Servicios Veterinarios nacionales a la hora de abogar por la adaptación de sus legislaciones nacionales y el refuerzo de la supervisión veterinario del uso de los agentes antimicrobianos en los animales. Los veterinarios, adecuadamente capacitados y supervisados por organismos veterinarios estatutarios, forman parte esencial de la solución para luchar contra la resistencia a los agentes antimicrobianos.

Otro tema considerado como prioritario por la Alianza Tripartita es la reducción progresiva del uso de los antimicrobianos más valiosos para la salud humana como promotores de crecimiento en los sistemas de producción ganadera. En 2017, 60 Países Miembros de la OIE todavía declaraban utilizar los antimicrobianos como promotores del crecimiento, ya sea con autorización directa de algunos componentes, o porque el país no contaba con un marco reglamentario sobre el tema.

Gracias a la adopción de una versión revisada de la Lista de la OIE de agentes antimicrobianos de importancia en medicina veterinaria (próximamente disponible en www.oie.int/normasram), la guía de la OIE ahora establece que el uso responsable y prudente de los agentes antimicrobianos no incluye el uso de los agentes antimicrobianos como promotores del crecimiento, a menos que se realice un análisis de riesgo. Las clases de agentes antimicrobianos que figuran en la categoría de la OMS como antimicrobianos de importancia crítica para la medicina humana también se consideran altamente prioritarios para los países que están reduciendo progresivamente el uso de antimicrobianos como promotores del crecimiento. Finalmente, la Lista de la OIE indica que debería prohibirse con urgencia el uso como promotores del crecimiento de fluoroquinolonas, colistina y la tercera y cuarta generación de cefalosporinas.

Finalmente, la adopción de las revisiones de las normas internacionales de la OIE sobre la armonización y los programas nacionales de vigilancia y seguimiento de la resistencia a los agentes antimicrobianos (Capítulo 6.7. del Código Terrestre, disponible pronto en www.oie.int/normasram) ha sido validada en el día de hoy. Dado que la vigilancia de la resistencia a los antimicrobianos es un desafío técnico significativo para los Países Miembros, estas revisiones ofrecen orientaciones científicas detalladas para sus sistemas nacionales de vigilancia.

A pesar de los progresos realizados en la lucha contra la RAM en todos los sectores, en particular desde la adopción en 2015 del Plan de acción mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos y su adaptación a través de más de 100 planes de acciones nacionales en todo el mundo, todavía quedan pendientes importantes desafíos. La revisión de las normas internacionales de la OIE, que se llevó a cabo en la 86.a Sesión General de la OIE, representa una señal positiva de la importancia que la comunidad internacional de la sanidad animal asigna a este tema, y del liderazgo que la OIE y sus Países Miembros mantienen en este tema dentro del sector veterinario. Los debates continuarán para planificar las próximas etapas de esta lucha y respaldar a los países en la implementación de las normas internacionales de la OIE en la 2.a Conferencia mundial de la OIE sobre la resistencia a los antimicrobianos, que se llevará a cabo en Marrakech, Marruecos, del 29 al 31 de octubre de 2018, y a través de la colaboración permanente entre la FAO y la OMS en el marco de la Alianza Tripartita.

 

 

 

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Un trébol reduce los gases de las vacas y la producción de metano

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3er Congreso Nacional de Producción de Burros

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El Tercer Congreso Nacional de Producción de Burros se realizará los días 23 y 24 de octubre de 2026 en la Finca Láctea El Pichanal, ubicada en Santa María, Catamarca, Argentina. El evento busca impulsar la profesionalización de la ganadería asina, el manejo sostenible y la producción de leche y carne de burro.

Detalles del Evento

  • Fecha: 23 y 24 de octubre de 2026.
  • Lugar: Finca Láctea “El Pichanal”, Santa María, Catamarca, Argentina.
  • Organizador: Finca y Estancia El Pichanal.
  • Apoyo técnico: Universidad Nacional de Catamarca.

Objetivos y Actividades

  • Promover el intercambio de conocimientos científicos y técnicos sobre la ganadería asina.
  • Exponer avances en la producción de leche de burra (pasteurizada y congelada) y derivados cosméticos.
  • Analizar el potencial de la carne asnal y el valor nutricional de los productos.
  • Introducir novedades genéticas como el burro Pêga de Brasil.
  • Dividir las jornadas en un día de campo y otro de conferencias magistrales.

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Argentina aplicará un nuevo método de diagnostico de la Brucelosis Bovina

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SENASA incorpora la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método oficial complementario para el monitoreo de la enfermedad.

Con el objetivo de robustecer las estrategias del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó la Resolución N° 438/2006 e incorporó en su sistema diagnóstico la prueba de inmunocromatografía de flujo lateral en leche como método complementario para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad.

Con la Resolución N.° 656/2026, oficializada a través del Boletín Oficial, el organismo sanitario incluye una nueva técnica para la detección de anticuerpos de manera rápida, con alta especificidad y sensibilidad, a los fines de agilizar los tiempos de respuesta de los laboratorios habilitados.

La prueba diagnóstica, basada en un kit rápido autorizado por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico (DGLyCT), permite fortalecer la detección temprana en los establecimientos tamberos y ampliar la cantidad de diagnósticos disponibles para el análisis de brucelosis en leche.

Al igual que la prueba de Anillo en Leche (PAL/MRT) y el ELISA indirecto, la inclusión de este análisis resulta fundamental para los establecimientos que cuenten con estatus de libre de la enfermedad, ya que podrán escogerlo para recertificar su condición cada 90 días.

Por su parte, las técnicas rápidas en sangre (suero) se mantendrán para el uso exclusivo del personal oficial del SENASA, con excepción de aquellas circunstancias epidemiológicas que justifiquen su uso por parte de terceros, sujeto a autorización previa.

En cuanto a los análisis, la normativa establece que los mismos deberán realizarse en laboratorios habilitados que integren la Red Oficial del SENASA en línea con los procedimientos técnicos oficiales, mientras que los resultados deberán gestionarse e informarse de manera obligatoria en los sistemas informáticos oficiales que el Servicio Nacional disponga.

Con esta actualización normativa, el SENASA reafirma su compromiso con el estatus sanitario nacional, facilita herramientas para la vigilancia, el control y la erradicación de la brucelosis bovina, reduce los tiempos de diagnóstico y brinda mayor transparencia en el proceso de carga de datos oficiales.

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