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México Emite su Listado de Sustancias Prohibidas para Consumo Animal

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La Ley Federal de Salud Animal (LFSA) tipifica como delito el uso de 32 sustancias en la engorda de ganado y aves

Con la finalidad de proteger la salud humana, el bienestar de los animales y la inocuidad de los cárnicos que llegan a la mesa de los mexicanos, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) emitió el “Acuerdo por el que se da a conocer el listado de sustancias o productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto”.

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) contiene un listado de 32 sustancias que no deben utilizarse para el consumo de los animales, que emite esta dependencia de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), derivado de la atribución que la ley otorga para la aplicación de medidas zoosanitarias para proteger la salud humana y de los animales.

Es importante comentar que esta medida se suma a las acciones que realiza el SENASICA para evitar la Resistencia a los Antimicrobianos (RAM), pues 16 de las sustancias que contiene el listado son antimicrobianos; tres promotores hormonales; tres promotores Beta-Agonistas; cinco antiparasitarios; dos colorantes y un promotor arsenical, considerados como carcinogénicos; un antihistamínico Alfa-Agonista y un anticoagulante.

Entre las sustancias prohibidas destacan el Clenbuterol, los Pigmentantes sintéticos del grupo de los sudanes y el Carbadox (QCA) que está prohibido para todos los porcinos adultos y además para todas las edades de las demás especies animales destinadas para el abasto; en apego a la disposición legal aplicable.

Cabe recordar el artículo 174 de la LFSA tipifica como delito que será sancionado con prisión de tres a siete años y multa de diez mil a cincuenta mil días de salario mínimo, a las personas que ordenen el suministro o suministre a animales destinados al abasto alguna sustancia o alimento prohibido.

De igual manera, el artículo 173 indica que será objeto de sanción quien importe, posea, transporte, almacene, comercialice o realice actos con cualquier sustancia cuyo uso esté prohibido para alimentación de animales.

La LFSA indica que se presumirá que existe la intención de adicionar sustancias prohibidas a los alimentos o bebidas de animales cuyos productos o subproductos estén destinados al consumo humano, cuando las sustancias a que se refiere el mencionado artículo se encuentren en el interior de establecimientos dedicados a la producción animal o a la fabricación y expendio de alimentos para ganado.

En ese caso, se impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión y multa de quinientos hasta tres mil veces el salario mínimo y en caso de reincidencia se duplicará la pena y la multa.

Cabe recordar que el 5 de marzo de 2012, se publicó en el DOF el «Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece la clasificación y prescripción de los productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingredientes activos», el documento dispone la prohibición del empleo de sustancias o productos en animales destinados al consumo humano.

Además de las mencionadas, las sustancias prohibidas son: Cloranfenicol; Clorhidrato de Fenilefrina; Cristal violeta; Cumarina en saborizantes artificiales; Dienoestrol; Dietilestilbestrol (DES); Dimetridazol; Feniltiouracilo; Furaltadona (AMOZ); Furazolidona (AOZ); Hexoestrol; Lindano; Metiltiouracilo; Metronidazol; Nifupirazina; Nifuraldezona; Nitrofurantoina (AHD); Nitrofurazona; Nitrovin (Nitrovina); Olaquindox (MQCA); Orciprenaline; Oxazolidona; Propiltiouracilo; Rodinazol o Ronidazol; Roxarsona (3-Nitro); Salbutamol; Tapazol; Tinidazol y Tiouracil

 

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Colombia trabaja para declarar región como «Libre de Fiebre Aftosa sin vacunación»

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Desarrollan vacuna contra el virus de la fiebre aftosa con tecnología innovadora

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El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria de Argentina (INTA), el National Research Council de Canadá (NRCC) y Bioinnovo –empresa de base tecnológica conformada por el INTA y Vetanco SA– trabajan con la primera vacuna contra el virus de la fiebre aftosa que no utiliza material infectivo en su proceso de manufactura. Se trata de un hito de relevancia mundial.

La fiebre aftosa es la primera barrera en la comercialización internacional de productos agropecuarios. Los brotes de la enfermedad tienen un gran impacto económico y social a nivel global. Se estima que en las regiones endémicas las pérdidas anuales asociadas a esta enfermedad son de entre 8,4 y 27,3 billones de dólares.

Recientemente se reportaron brotes en animales salvajes en Alemania y en bovinos en Israel, que confirman los riesgos e importancia de contar con estrategias preventivas para esta enfermedad. Para prevenirla existen vacunas efectivas que emplean material infectivo en el proceso de producción. Muchos países deciden no tener plantas productivas de la vacuna dentro de sus territorios o prohíben trabajar con cepas diferentes a las de circulación regional, restringiendo la producción al mercado local.

Por esto, Bioinnovo –empresa de base orientada a la salud animal con más de diez años de trayectoria formada entre el INTA y Vetanco S.A.– es decir, “se puede producir en instalaciones convencionales utilizando los mismos equipos y tecnologías que los ya empleados en la fabricación de cualquier vacuna que utilice células de mamíferos en su proceso productivo”, explicó Andrés Wigdorovitz, director de INCUINTA y Bioinnovo.

“Se trata de una solución segura, eficaz y con perspectivas de posicionarse como una alternativa superadora en cuanto a requerimientos de seguridad y versatilidad”, aseguró Wigdorovitz. “Es la primera vacuna contra la fiebre aftosa en células de mamífero en no utilizar material infectivo en ninguna etapa del proceso productivo”, agregó, y destacó que “el proyecto de una vacuna recombinante para el tratamiento de la fiebre aftosa comenzó hace más de diez años en el Instituto de Virología y fue protegida por una patente a fines del año 2022”.

Por su parte, Marianela Dalghi, investigadora en Bioinnovo y responsable actual de liderar el proyecto, indicó: “Su fórmula basada en cápsides vacías recombinantes (o VLPs, del inglés Virus-Like Particles) hace que no sean necesarios procesos exhaustivos de purificación para eliminar proteínas no estructurales del virus y permite fácilmente discriminar animales infectados de vacunados (DIVA)”.

En ese sentido, al no utilizar virus infectivo en ninguna de las etapas de producción, “la fabricación de nuestra vacuna no está sujeta a las limitaciones nacionales e internacionales de manejo de cepas virales”, subrayó Dalghi. Además, destacó que “ofrece gran potencial para diversificar los portfolios vacunales, alcanzar nuevos mercados, expandir los bancos de antígeno, potenciar la capacidad de respuesta ante emergencias sanitarias en el país y agilizar el desarrollo de vacunas contra cepas virales emergentes”.

En los últimos dos años de trabajo, Bioinnovo logró validar la tecnología desarrollada a escala preindustrial, y avanzar en la elaboración de la documentación necesaria para su registro.

Se está trabajando, en esta etapa, en la búsqueda de un socio internacional. “Este trabajo se está realizando en forma articulada con Cancillería de la Nación de forma muy alentadora, para llevar la tecnología a la etapa de lanzamiento comercial dentro de 2 a 4 años, y con un producto que sea innovador, seguro y tan eficaz como las mejores vacunas disponibles actualmente”. subrayó Wigdorovitz

Por su parte, Jorge Winokur, presidente de Bioinnovo y Vetanco, declaró: “Desde Bioinnovo y su socio comercial Vetanco seguimos invirtiendo en plataformas de vacunas bioseguras para abastecer al mundo en el control de brotes de variantes exóticas”.

Esta política de manipulación segura de materiales va acompañada de los productos de la plataforma Biotech para inmunidad de las mucosas y la línea Vedevax de vacunas dirigidas. Y añadió: “Estamos orgullosos de contar con un equipo comprometido de investigadores, innovadores y técnicos”.

Nueva tecnología

La metodología actual que se empleó para producir nuestra vacuna recombinante se basa en el crecimiento en un biorreactor de las células de mamífero CHOBRI TM que contienen la información para producir de manera inducible VLPs del virus de la fiebre aftosa.

La estrategia de optimización de la producción inducible de VLPs que se desarrolló ha sido patentada por el INTA en conjunto con el NRCC.

Los biorreactores que se utilizan son los mismos que se usan en la producción de vacunas antiaftosa para replicar a las partículas virales infectivas en células de mamífero BHK-21. Luego de que las células alcanzan una masa crítica de crecimiento, se induce la expresión de las VLPs utilizando cumato, un compuesto químico que no es tóxico y es ampliamente accesible.

Después del período de inducción, se colectan las células y se lisan, y posteriormente se somete al lisado celular a procesos de purificación. Finalmente, se adicionan adyuvantes y excipientes de modo de obtener la formulación final, a la cual se le realizan los más estrictos controles de calidad.

Premio a la solución innovadora

Entre más de 1.500 postulantes, el proyecto desarrollado en conjunto por el Consejo Nacional de Investigación de Canadá (NRCC) y el INTA, actualmente liderado y financiado por Bioinnovo, ganó la 15° edición (2024) del Concurso de Soluciones Innovadoras Banco Nación, organizado por la Fundación Empretec.

Este premio destacó la vacuna innovadora para prevenir la fiebre aftosa que utiliza cápsides vacías y genes recombinantes sintéticos, eliminando la necesidad de material infeccioso.

Este premio no sólo reconoció un avance científico-tecnológico sino también el esfuerzo de trabajo en equipo y compromiso para crear soluciones con impacto positivo a nivel mundial.

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