Perú Establece Requisitos Sanitarios para la Importación de Harina de Carne y Hueso de Ovino desde Argentina

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El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció hoy requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias de origen y procedencia de Argentina.

De acuerdo a una resolución directoral publicada hoy, se establecieron requisitos sanitarios para las tripas saladas comestibles de la especie ovina, y harina de carne y hueso de ovino.

A partir de mañana jueves se iniciará la emisión de permisos Zoosanitarios de importación.

Senasa, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos sanitarios.

Según la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, se sujetará a las disposiciones que establezca en el ámbito de su competencia el Senasa.

La referida norma establece además que el Senasa dictará las medidas fito y zoosanitarias para la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades.

Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate.

La Decisión 515 de la Comunidad Andina (CAN) refiere que cualquier país miembro del bloque que importe desde terceros países se asegurará que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan no deben implicar un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezcan en las normas comunitarias.

Fuente: Andina

 

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