Paraguay: SENACSA Establece el Segundo Periodo de Vacunación Contra la Brucelosis Bovina en todo el Territorio Nacional

COMPARTIR

Teniendo en cuenta el “Primer Componente Estratégico – Inmunización” del “Programa Nacional de Control, Prevención y Erradicación de la Brucelosis Bovina”; por Resolución número 1116/18 el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), establece el segundo periodo de vacunación contra la Brucelosis bovina, en todo el territorio nacional, correspondiente a la categoría desmamantes hembras (carimbo 8); y su registro.

La inmunización de bovinos se constituye en una estrategia fundamental, para el cumplimiento del Programa Nacional de Control, Prevención y Erradicación de la Brucelosis. El Servicio Veterinario Oficial del país, establece la vacunación contra la brucelosis a partir del 25 de julio al 31 de agosto de 2018; y el registro hasta el 14 de setiembre del año 2018.

Asimismo, el SENACSA dispuso que los propietarios y/o tenedores de ganado, deberán vacunar contra la Brucelosis bovina la totalidad de animales, conforme a la población declarada en el Sistema Informático SIGOR III al inicio de la vacunación y determina que la vacunación dispuesta será realizada con vacuna antibrucélica Cepa RB51, aprobada por el SENACSA.

 

BrucelosisParaguaySenacsa