Paraguay Iniciará su Programa de Vacunación Antiaftosa el 15 de Enero del 2011

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El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) Servicio Pecuario Oficial del Paraguay, dio a conocer en la fecha la Resolución por la cual se establece el primer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa en todo el territorio guaraní, a partir del 15 de Enero al 2 de marzo del 2011.

El SENACSA considera que la inmunización de bovinos y bubalinos constituye una estrategia fundamental para el cumplimiento del Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, de vital importancia y de prioridad nacional; y que la prevención de la referida enfermedad se constituye en una acción esencial para la Institución.

En ese sentido el Servicio Pecuario Oficial del Paraguay recuerda a todos los productores del país la existencia del Decreto 10.863/00 “Por el cual se reglamenta la Vacunación Contra la Fiebre Aftosa en todo el territorio paraguayo”.

La Ley 808/96 “Que declara obligatorio el Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el territorio nacional” y la Ley 2.426, que crea el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) Servicio Pecuario Oficial del Paraguay.

La Resolución Nº 3122/10 del SENACSA, resuelve establecer el primer periodo de Vacunación Contra la Fiebre Aftosa en todo el territorio nacional y su registro, correspondiente al próximo año, para hacienda general (Bovinos y Bubalinos mayores y menores), del 15 enero al 2 de marzo del 2011 y su registro hasta el 17 de marzo del 2011.

Dispone igualmente que en la zona de alta vigilancia (ZAV) deberán ser vacunados y registrados, además todo ganado ovino y caprino existente.

Por último el documento firmado por el Presidente del SENACSA resuelve determinar que en la zona de Alta Vigilancia deberá indefectiblemente ser actualizada la identificación individual de todo el ganado existente, perteneciente a las especies bovina, bubalina, ovina y caprina, respectivamente.

 

Fuente: Senacsa

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