El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa-Perú), estableció los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio para la importación de bovinos de lidia para reproducción y de camellos dromedarios procedentes de España.
La medida fue publicada mediante Resolución Directoral MINAGRI-SENASA-DSA en el diario Oficial, y se dispone para los países miembros de la Comunidad Andina (CAN) que realicen importaciones desde terceros países.
Los animales deben estar amparados por un certificado sanitario que determine que están libres de fiebre aftosa, peste bovina, perineumonía contagiosa bovina y fiebre del valle del rift, etc., además, que han permanecido en el referido país al menos seis meses antes de la fecha de embarque.
Agrega que estos animales han sido identificados individualmente y sometidos a una cuarentena bajo supervisión oficial durante 30 días previos al embarque y permanecido en cuarentena sin haberse manifestado signo clínico de enfermedad.
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